La Dirección General de Salud del Ministerio de Salud Pública (MSP) estableció que los salones de fiestas requieren «oficiales de cumplimiento» para controlar las medidas dispuestas, no se podrá bailar, y deben tener una duración máxima de 4 horas. Podrán recibir el 30% de su aforo, con máximo de 80 personas en salones cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos. Los espacios cerrados deben estar ventilados constantemente. En los baños deberá haber alcohol en gel al igual que en la entrada y en las zonas de circulación.
Si concurren personas mayores de 65 años o que presenten comorbilidades, deberán disponer de un espacio especial. Se autorizan los servicios buffet, salad bar y mesas de postres atendidos únicamente por el personal, sin compartir implementos. No se autoriza el servicio de lunch o similar sobre las mesas, ni transitar o circular con bandejas. Las mesas de los salones son el único mobiliario habilitado y deberán ubicarse respetando la distancia de 2 metros y podrán tener un máximo de 8 personas.