Desde 1° de octubre, y hasta el 20 de diciembre inclusive, está abierto el período de exoneración parcial de contribución urbana, suburbana y tributos conexos en 2021 para jubilados, pensionistas y hogares monoparentales. Pueden acceder al beneficio todas aquellas personas que posean una vivienda que no supere el tope de aforo para el año 2020, establecido en $ 2.383.931, que sea su única vivienda y que, además, sea su vivienda permanente. Cabe aclarar que no es una exoneración total y que esta varía de acuerdo a los ingresos del núcleo familiar. Con el fin de evitar aglomeraciones, esta gestión puede hacerse vía web y se deberá completar un formulario con datos y adjuntar los comprobantes y la documentación que se pide de forma presencial. Asimismo, la exoneración parcial de contribución urbana podrá realizarla un tercero, es decir, si la persona interesada no puede concurrir a realizar el trámite presencialmente ni puede acceder a hacerlo por la web, otra persona podrá ir en su lugar con un formulario completado y firmado por quien solicita el beneficio, fotocopia de cédula de identidad de quien realiza el trámite y del dueño del inmueble. Para la realización de los trámites de forma presencial es imprescindible que las personas se agenden previamente llamando al 1828.