Cerca de 2.700.000 personas están habilitadas para votar el próximo domingo 11 de mayo, en Elecciones Departamentales las y Municipales. En todo el país son unos 7.000 circuitos. Los circuitos de votación abrirán a las 08:00 en todo el país y permanecerán abiertos hasta las 19:30.

Sin embargo, si para esa hora en algún circuito sigue habiendo electores la Corte Electoral establece que el centro cierre una vez que termine de votar la última persona.

En los circuitos urbanos solo podrán votar los electores a los que ese circuito haya sido asignado. En los rurales podrán votar aquellos electores que no pertenezcan al circuito, pero que su inscripción cívica corresponda a un circuito rural del mismo departamento.

Quienes se encuentren en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria y les correspondiera votar en un local que no cuente con condiciones de accesibilidad, podrán sufragar ante un circuito declarado accesible que se encuentre dentro de la serie que les corresponde.

¿Qué pasa si no tengo la credencial?

Podrás votar de igual forma. Quienes no tengan el documento físico, pueden concurrir al circuito al que pertenecen e indicar su nombre y apellido y la serie y número de su credencial. Las personas que voten en estas circunstancias necesariamente deberán figurar en el padrón o en el cuaderno de hojas electorales.

Hojas de votación

En las elecciones de este domingo hay dos hojas de votación. Por un lado, la que corresponde a la elección departamental, que contiene la lista de candidatos a la intendencia y también a la junta departamental. La otra corresponde a las elecciones municipales y contiene la lista de candidatos para integrar el municipio.

El votante deberá votar al Municipio que corresponda de acuerdo a la serie de la credencial cívica. Si en el sobre apareciera una hoja de votación de la elección municipal que perteneciera a otro municipio del departamento, será anulada pero el voto será validado.

En cada departamento se elige intendente, los ediles para la Junta Departamental. «Eso va todo dentro de una misma hoja de votación, lo que conocemos como listas. Alguien va a encontrar una lista con el número en el círculo, debajo el departamento y la fecha de la elección, y va a estar encabezada esa lista por el nombre del lema», explicó el ministro de la Corte Electoral, Pablo Klappenbach.

El domingo 11 de mayo se elige intendente y también los integrantes de los municipios, es decir, son dos sufragios. Aunque en algunas capitales del interior no hay elecciones municipales.

«Donde hay municipios, hay una hoja de votación, otra lista, que va a estar identificado con un número y una letra, que identifica al municipio. Debajo del círculo, el nombre del municipio, la fecha de la elección y el lema del partido, y van a estar los candidatos al Concejo Municipal. Se eligen cinco. El del partido más votado, que integre la lista más votada, se va a denominar alcalde», agregó.

Obligatorias y multas

Las elecciones departamentales de este domingo 11 de mayo, al igual que las nacionales, son obligatorias para toda persona mayor de 18 años que tenga credencial cívica.

Por lo tanto, la Corte Electoral prevé sanciones para aquellos que no cumplan con esta obligación. En concreto, quienes “no hubieren sufragado ni justificado su omisión deberán hacer efectivo el pago de la multa”.

Esta multa es de una unidad reajustable (UR), que actualmente tiene un valor de 1.820 pesos. Sin embargo, esta sanción se duplica en costo para “funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República”.

“No hay plazo para efectuar el pago y el mismo podrá realizarse de forma online a través de un formulario que se habilitará en esta página web”, señala el organismo electoral.

Justificaciones

Por otro lado, si se cumplen determinadas condiciones, no ir a votar puede justificarse: “Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida la concurrencia a la Comisión Receptora, o hallarse ausente del país el día de las elecciones”. En el caso de las justificaciones de salud, es menester presentar un certificado médico que compruebe la condición.

Quienes se encuentren fuera del país, “podrán justificarlo por cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país, como ser certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de salida e ingreso al Uruguay o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza”.

El plazo para presentar la justificación por cualquiera de las razones empieza el 13 de mayo y termina el 12 de junio.