El exdirector de la Agencia Tributaria de la Intendencia de Canelones, Germán Casaravilla denunció penalmente por difamación e injurias al Intendente canario, Yamandú Orsi, a Laura Tabárez, directora de Recursos Financieros de la comuna, y a Francisco Legnani, Secretario General de Intendencia. Cabe recordar que según informara Metropolitano, Casaravilla, fue cesado en su cargo por el intendente canario por arreglar con el senador del Frente Amplio, Óscar Andrade, de una forma que desde la Intendencia se entendió por fuera de los procedimientos, el pago de la deuda que mantiene por la Contribución Inmobiliaria, unos $ 99 mil según trascendió. Fuentes consultadas en ese momento por Metropolitano destacaron que Andrade no sabía que se estaba realizando algo irregular.
Según la comuna canaria el contador Casaravilla llamó al senador del FA y realizó un convenio sin el procedimiento correspondiente, sin documentación y por fuera de las potestades que tiene su cargo.
Casaravilla dijo a El País que presentó la denuncia porque su nombre quedó «manchado y expuesto públicamente». En el escrito de la denuncia se afirma que la acción de su cese tuvo intencionalidad política e indica que si bien Orsi, Legnani y Tabárez informaron públicamente que «la remoción y cese del suscrito (Casaravilla) se debió a irregularidades», su salida ocurrió «por la aceptación de la renuncia, que, como en todo cargo de confianza, se presenta al asumir el cargo que corresponda, previamente firmada para que el jerarca pueda hacer uso de la misma en cualquier momento».
Si los jerarcas de la IMC nada hubieran expresado, esta denuncia no habría existido. Por motivos que desconocemos, pero sin dudas con intencionalidad política, se nos expuso públicamente, configurándose, a nuestro entender, el delito de difamación por los tres denunciados», añade el escrito. La denuncia agrega que «de haber existido, como dijeron los tres denunciados, irregularidades que justifiquen el cese o la destitución del suscrito, debería haber existido un proceso administrativo previo a este cese, con intervención del hoy denunciante. Proceso que no existió». Y se afirma que los pasos de Casaravilla estuvieron siempre de acuerdo a la normativa vigente.
Apoyo político
Cuando sucedieron los hechos el Espacio 2040 de FA Canelones, que lidera el edil Yamandú Costa, emitió un comunicado dando una versión distinta. En el comunicado se realiza un “reconocimiento y apoyo desde el punto de vista personal, profesional y político, al Contador Germán Casaravilla, quien ha cumplido con creces los objetivos trazados para la Agencia Tributaria Canaria y durante todos estos 17 años de gobierno Frenteamplista en Canelones”. También se indica que: «en ningún momento se apartó de los postulados que rigen el comportamiento en la función pública, como tampoco de los principios éticos que rigen en nuestra fuerza política” y se afirma que se “inició el trámite de regularización de la contribución inmobiliaria del padrón del senador Andrade, sin otorgarle ningún tipo de facilidades que no estuvieran amparadas a decretos vigentes en la Intendencia, tal como lo tiene asignado en sus cometidos y como lo hace a diario con muchos padrones de vecinos canarios”.
El comunicado del sector del FA finalizaba indicando que “se expuso ante la opinión pública al compañero Casaravilla tergiversando los hechos” y “habiendo filtrado datos a la prensa, que son falsos, no se cumplió con el debido proceso”…” es necesario aclarar si los trascendidos a la prensa, tanto de la deuda de contribución de Andrade como del supuesto cese del compañero Casaravilla, salieron de la Intendencia de Canelones” y se pide que se aclare “cuáles fueron los fines”.
El delito de difamación
El Código Penal uruguayo en su artículo 333 establece sobre el delito de difamación: «El que ante varias personas reunidas o separadas, pero de tal manera que pueda difundirse la versión, le atribuyere a una persona un hecho determinado, que si fuere cierto, pudiera dar lugar contra ella a un procedimiento penal o disciplinario, o exponerla al odio o al desprecio público, será castigado con pena de cuatro meses de prisión a tres años de penitenciaría o 80 U.R. (ochenta unidades reajustables) a 800 U.R. (ochocientas unidades reajustables) de multa»