A partir de este viernes 1ero de diciembre rige el Decreto 436/2007 que establece la prohibición de inicio de todo tipo de fuegos. El mismo se extenderá hasta el 30 de abril de 2018. Solo se puede prender fuego en parrilleros y similares. Este Decreto es parte de un plan general de acción para la prevención, alerta y respuesta a los incendios forestales y de campo.
Se exceptúa de la medida los fuegos para cocción de alimentos en churrasqueras, parrilleros o similares, los que deberán ser utilizados con el correspondiente matachispas y tomando las precauciones en cada lugar. También “los fuegos para cocción de alimentos en campings organizados, los fogones de piso en campamentos instalados en predios privados que no constituyan un camping organizado, siempre que se realicen dentro de un área circular de 5 mts. de diámetro, libres de malezas, hojarascas y otros elementos combustibles, en cuyo centro se ubicará el fogón rodeado con piedras, arena o tierra”, reza la norma. El fuego estará permanentemente vigilado y antes de abandonar el lugar de campamento será extinguido totalmente, debiendo comprobarse adecuadamente la total extinción. Por otra parte, la DNB junto a los aviones y helicópteros de la Unidad Aérea de la Policía Nacional (UAPN) realizarán trabajos en conjunto durante toda la temporada de verano con el objetivo de detectar columnas de humo y/o cualquier inicio de fuego, y poder atacarlos rápidamente. La UAPN se sumará con vuelos exclusivos en apoyo al control forestal, sobrevolando por las rutas por toda la costa y zonas de riesgo al sur, a partir de la próxima semana hasta el final de la temporada.