La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley presentado por la diputada Silvana Pérez Bonavita para regular la pirotecnia sonora. El Proyecto establece la prohibición en todo el país de la importación, elaboración, comercialización mayorista o minorista y el almacenamiento de cualquier tipo de “artefacto pirotécnico de estruendo” destinado al uso comercial o domiciliario. El Proyecto exceptúa aquellos que sean considerados como servicios esenciales, entre ellos, los aeropuertos, la protección de la agricultura, así como los espectáculos públicos o privados de acceso público que sean realizados por técnicos habilitados y que cuenten con previa autorización del Servicio de Material y Armamento (SMA). Su aplicación se iniciará prohibiendo el uso de todo fuego de artificio cuyo nivel de ruido sea superior a 110 decibeles en el primer año de promulgada la ley, a partir de los 2 años a 100 decibeles, finalizando el proceso a los tres años con una máxima de 90 decibeles permitidos. A su vez, para contemplar a los comerciantes de estos productos con estos cambios, se dará un período de comercialización permitida para los fuegos artificiales que no cumplan con los niveles establecidos y que hubiesen sido importados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley cumpliendo con el marco normativo. Escuchá la entrevista a la diputada de Cabildo Abierto, Silvia Pérez Bonavita impulsora del Proyecto antes que este fuera tratado en Diputados: