El Ministerio de Salud Pública recibe por año unas 2.500 denuncias por mordeduras de perro y al Hospital Pereira Rossell ingresa un menor por día con mordeduras graves de perro. Frente a esto la Comisión de Tenencia Responsable y Bienestar Animal (Cotryba) consultó a un grupo de veterinarios especialistas sobre el tema y estos concluyeron que los propietarios de determinadas razas tienen que contar con un carnet de propiedad con exigencias similares al porte de armas. El equipo analizó legislación y opinión de sociedades veterinarias de Estados Unidos, Europa, Australia y Chile y llegó a la conclusión de que es necesario tener normativas al respecto.

El informe de los especialistas afirma que existe una predisposición genética de algunos animales, en cuanto a la definición de sus conductas finales, lo que se denomina “temperamento”. Aunque apuntan también que el ambiente influye en un 80% en el resultado final, mientras que la carga genética influye sólo en el restante 20%.

En cuanto a los criadores de canes el informe advierte que “es esencial que los cachorros permanezcan con las madres por lo menos 60 días” y establece que “la prohibición de venta ambulante de perros es imperiosa” y se propone “la esterilización obligatoria de todo can que como objetivo sea ser mascota”.

Carnet de tenencia

Los requisitos para el carné deben ser:

  1. Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados y resguardos necesarios al animal.
  2. No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, etc., de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  3. Certificado de aptitud psicológica.
  4. Certificado de capacidad física.
  5. Curso de adiestramiento de obediencia para el canino en el primer año de vida (período de sociabilización) por personal idóneo en la material.
  6. De la misma forma se exigirá un curso sobre educación, alimentación y manejo del animal por personal capacitado (por ejemplo Plantel del Perros del MMII).
  7. Esterilización de can obligatoria (agresividad y escapadas).
  8. Control Médico Veterinario semestral obligatorio
  9. Exigencia de movilidad del animal bajo normas de seguridad apropiadas (por ejemplo: impidiendo ser movilizados en vía pública por menores de edad, con bozal de canasto y arnés de contención, solo por personas con sus facultades psíquicas normales).