Este domingo 27 de octubre se realizan las elecciones nacionales 2024, en la que se vota las fórmulas presidenciales, la integración de las dos cámaras del Parlamento y los dos plebiscitos habilitados para estos comicios.
La veda electoral, según fue definida por la ley N° 16.019, prohíbe la «realización de actos de propaganda proselitista en la vía pública o que se oigan o perciban desde ella, o que se efectúen en locales públicos o abiertos al público y en los medios de difusión escrita, radial o televisiva». Esta, tal como explica la normativa, abarca «la realización y difusión por dichos medios de encuestas o consultas, así como de cualquier tipo de manifestaciones o exhortaciones dirigidas a influir en la decisión del Cuerpo Electoral».
La legislación determina que la veda propagandística comienza a regir 48 horas antes de las elecciones. La Corte Electoral determinó en el calendario de estos comicios que la publicidad electoral cese a las 00:00 horas de este viernes 25 de octubre.

Espectáculos y alcohol

Además durante las horas en las que se lleven a cabo elecciones, «no podrán efectuarse espectáculos públicos en local abierto o cerrado, ni manifestaciones o reuniones públicas de carácter político», indica el artículo 176 de la «Ley de Elecciones», la N° 7.812, y agrega: «Tampoco podrán realizarse en la vía pública actos que procuren obtener adhesiones con cualquier finalidad o actos de propaganda proselitista». La prohibición, sin embargo, no impide que se entreguen hojas de votación a los electores, pero deberá llevarse a cabo a una distancia superior a los 100 metros de los locales de votación.
En tanto desde las 19:30 horas del sábado 26 y hasta el fin de la votación el domingo 27 de octubre, estará prohibido vender alcohol.